
Legalización de instalaciones: estar en el Registro Industrial no significa estar legalizado
El Registro Integrado Industrial es «un mero registro de carácter estadístico», que no garantiza que las instalaciones de los establecimientos inscritos estén debidamente legalizadas. Lo dice la propia Administración: el titular de un establecimiento industrial es responsable de tener legalizadas todas las instalaciones existentes en él.
Te llega el requerimiento de Industria. Abres la carpeta, sacas la inscripción en el Registro y piensas que ya está resuelto. No lo está: eran dos cosas distintas, y nadie te lo dijo el día que te inscribiste.
Tu nave puede llevar años produciendo, con todo pagado y en orden, y seguir teniendo instalaciones sin expediente ante Industria. El día que alguien pide ese expediente, la inscripción no lo sustituye. Estar inscrito no es estar legalizado.
Enséñanos el requerimiento y te decimos qué papel te están pidiendo
Legalizar las instalaciones de una nave: qué dispara la obligación
La obligación ya existe. Lo que cambia es el día en que se te viene encima: una instalación nueva, la modificación o ampliación de una existente, o el requerimiento del órgano de Industria de tu comunidad. La instalación eléctrica es un caso aparte, con su propia página.
Hay más momentos en los que conviene mirarlo antes de que te lo miren. Cambias la actividad de la nave o cambias de titular. Metes una máquina que sube la potencia. O te piden los papeles para la aseguradora o para la licencia de actividad.
Detrás de cada instalación hay un reglamento distinto, con su documentación y su firmante: eléctrica (REBT), térmica (RITE), gas, protección contra incendios y equipos a presión.
Cinco reglamentos, cinco expedientes posibles y ningún sitio donde te lo expliquen junto. Si tu nave tiene instalaciones sin legalizar, no es por dejadez: es que nadie te dijo cuál te tocaba a ti.
Envíanos el listado de tus instalaciones y sabrás cuál está sin legalizar