
Climatización industrial: cuándo el calor de tu nave pasa de queja a incumplimiento
¿El calor de tu nave es una queja de tus operarios o es un incumplimiento tuyo? Depende de la temperatura que se mida dentro, del tipo de trabajo que se haga y de si las características de la actividad lo exigen.
Tres quejas este verano, y en enero llegará la contraria: gente trabajando con abrigo. Aguantar otro año no lo arregla, lo aplaza. Y el día que alguien lo mida, el que responde eres tú, no quien te vendió los equipos.
El RD 486/1997, Anexo III, fija estas bandas para los locales de trabajo cerrados, y una nave cerrada lo es:
| Qué se mide | Banda del RD 486/1997 | Dónde se aplica |
|---|---|---|
| Temperatura en trabajos ligeros | 14 a 25 ºC | Zona de trabajo de la nave |
| Temperatura en trabajos sedentarios de oficina | 17 a 27 ºC | Oficinas dentro de la nave |
| Humedad relativa | 30 a 70 por ciento | Todo local de trabajo cerrado |
Sus anexos se aplican siempre que lo exijan las características del lugar de trabajo o de la actividad. No es un número que valga para toda nave: es la condición que decide si tu caso entra.
Dinos qué temperatura estáis midiendo dentro
Antes de pedir presupuesto de equipos, mira tres cosas:
- Qué potencia térmica vas a instalar: es lo que decide qué documentación te pide el RITE.
- Qué zonas climatizas: la oficina, el vestuario y la zona de trabajo cuentan; enfriar una máquina o una cámara, no. Y el aire que hay que renovar va por otro carril, el de la ventilación industrial.
- Qué potencia eléctrica tienes libre en el cuadro, no la contratada. Ahí se cae media obra, y es lo que decide si la acometida de tu nave aguanta lo que quieres montar.
Si nadie te lo ha explicado así, no es culpa tuya: quien te vende los equipos no es quien firma el proyecto. Nosotros medimos las dos potencias el primer día, la térmica y la eléctrica.
Antes de comprar equipos, que alguien mida la potencia que tienes