Ley 12/2012, Ley 7/1985, Ley 17/2009

Licencia de actividad y apertura: abre tu negocio sin coordinar proyecto, obra ni ayuntamiento

Proyecto firmado, obra de adecuación dirigida y trámite en el ayuntamiento con un solo interlocutor, aunque tu local no esté adaptado y no sepas quién firma el proyecto.

Licencia de actividad y apertura: ingeniero y propietario revisan planos en la puerta de un local cerrado

El ayuntamiento te pide proyecto y obra; la licencia de apertura llega después

Tu local lleva semanas cerrado y cada mes que pasa cuesta dinero. Si tu actividad va por licencia, el ayuntamiento no te da la licencia de apertura hasta que un técnico firma el proyecto de actividad y la obra de adecuación se termina y se certifica.

Preguntas qué tienes que hacer y cada uno te contesta con un trozo. El que te lleva los papeles no firma proyectos. El que te presupuestó la reforma no tramita nada. Y tú en medio, con la obra parada y sin saber por dónde empezar.

La duda de fondo tampoco te la resuelve nadie: si tu actividad necesita licencia o le basta una declaración responsable. Así que o no arrancas, o arrancas la obra a ciegas y luego resulta que lo hecho no cumple.

Cada semana que esperas, el reloj corre en tu contra. Si nadie ordena esto, seguirás pagando un local que no puedes abrir y rehaciendo obra que ya pagaste una vez.

No es culpa tuya. Nadie te explicó que la licencia va detrás de una obra de adecuación que hay que proyectar y dirigir. Ni que el proyecto técnico que te piden es la pieza que ordena el resto: primero se dimensiona, después se hace la obra y al final se legaliza.

Licencia de actividad o declaración responsable: según tu actividad y tus metros

La frontera la marca la superficie, y no está donde suele leerse. Comercio minorista y los servicios del anexo de la Ley 12/2012, hasta 750 m² de superficie útil de exposición y venta al público, van por declaración responsable. Ojo al metro: cuenta la superficie de exposición y venta, no el almacén. El resto, industria incluida, va por licencia.

Encima están tu ayuntamiento y tu comunidad autónoma, que pueden cambiar el trámite. Y cuidado con los 300 m² que circulan por media internet: esa cifra está en la exposición de motivos, no en el articulado.

¿Nave o local de polígono? licencia de actividad para naves industriales.

Si abres bar, cafetería o restaurante: licencia de actividad para hostelería.

Si montas un taller: licencia de actividad para talleres mecánicos.

Farmacias, clínicas, gimnasios y gestores de residuos tienen su propio condicionante. Cuéntanos tu local y te decimos cuál es el tuyo.

De la primera visita a la licencia de apertura, paso a paso

  • Visita y diagnóstico. Vamos a tu local, lo medimos y te entregamos un informe con lo que necesita: qué trámite te toca, qué obra va a exigirte la normativa de tu actividad y qué falta. Ese informe se cobra.
  • Proyecto y licencia de actividad. Redactamos y firmamos el proyecto y presentamos la licencia o la declaración responsable ante tu ayuntamiento, en tu nombre.
  • Obra de adecuación dirigida. Nos encargamos de la obra que entra en el local y la dirigimos para que salga igual que está proyectada y firmada.
  • Legalización y licencia de apertura. Legalizamos las instalaciones, presentamos los certificados finales y seguimos el trámite en el ayuntamiento hasta que puedes abrir.

Tu licencia de actividad y apertura: proyecto firmado, obra dirigida y trámite

Recibes tres cosas con nombre: un proyecto técnico firmado, la obra de adecuación dirigida y el trámite presentado en tu nombre hasta la licencia de apertura. Un solo interlocutor de principio a fin.

El proyecto lo firma un ingeniero colegiado que después dirige esa obra. Lo que se proyecta es lo que se construye, y el ayuntamiento tiene a quién preguntar cuando revisa lo presentado.

La obra de adecuación también es cosa nuestra: nos encargamos de ella y la dirigimos de principio a fin, sin que tengas que coordinar a nadie. El alcance queda por escrito en el informe de la visita, antes de que entre nadie en tu local.

Si el local que coges ya tiene licencia concedida, también tramitamos el cambio de titularidad.

Qué entregamos Ante quién queda registrado Qué hace variar el plazo
Proyecto técnico firmado El ayuntamiento, en el área de urbanismo o de medio ambiente La complejidad de tu actividad y la carga de trabajo del ayuntamiento
Obra de adecuación dirigida y certificado final El ayuntamiento y el colegio profesional El alcance de la obra que pide tu local
Legalización de las instalaciones y licencia de apertura El ayuntamiento y, si toca, Industria: el Gobierno Vasco en el País Vasco y el órgano autonómico que corresponda fuera Si el local llega con instalaciones sin legalizar

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Por qué nosotros: quién responde de tu licencia de actividad ante el ayuntamiento

Responde quien firma. El proyecto lo firma un ingeniero industrial colegiado n.º 5046 del COIIB, y ese mismo técnico dirige la obra de adecuación y da la cara ante el ayuntamiento. Ese técnico es de Ingeniería DHR S.L.

Más de 25 años como ingeniero y 11 como sociedad. Si llegas con obra ya hecha o instalaciones sin legalizar, lo miramos antes de proyectar nada: lo que no cumple sale caro dos veces.

Tu local no tiene que estar en Bizkaia: salimos de Bilbao y hemos dirigido obra en Torrelavega, Álava, Madrid y Sevilla. Cuéntanos qué local tienes y te decimos qué licencia te toca.

Solucionamos tus dudas

Depende de dos cosas: de tu ayuntamiento, que tiene su ordenanza, sus tasas y su ritmo, y de la obra que exija tu local. Por eso aquí no verás plazo ni precio: los fijamos tras la visita, con un informe por escrito de lo que necesita tu local.

Si tu local está en Bilbao, las tasas y la ordenanza son otras: ahí lo contamos. Y te lo decimos claro: si buscas la licencia más barata de la zona, no somos nosotros. Empezamos con una visita y un informe de lo que necesita tu local; ese informe se cobra y, a cambio, sabes qué te toca antes de firmar nada.

Cada municipio tramita a su manera, así que no te prometemos un patrón. Si hay que corregir algo del proyecto o de la obra, se corrige y se vuelve a presentar.

Lo que complica ese momento es tener el proyecto en una mano y la obra en otra, cada una de un profesional distinto. Cuando quien firma el proyecto dirige también la obra, la corrección se resuelve donde nació. No te prometemos aprobaciones: respondemos de lo que firmamos.

Depende del régimen que te toque, así que no es un no rotundo. Si tu actividad es comercio minorista o uno de los servicios del anexo y no pasas de 750 m², presentada la declaración responsable puedes iniciar la actividad.

Si lo tuyo va por licencia, no: hasta que se conceda, abrir te expone a que el ayuntamiento te notifique que tienes que legalizar las instalaciones y, en último término, a que ordene el cierre. Lo que solemos ver es la notificación; el cierre no lo hemos visto, pero nada impide que se dé. Antes de levantar la persiana, asegúrate de cuál de los dos regímenes es el tuyo.

Una gestoría tramita, y eso está bien. Lo que no entra ahí es justo lo que el ayuntamiento pide primero: un proyecto firmado por un técnico competente y una obra de adecuación dirigida.

Nosotros proyectamos, nos encargamos de la obra y la dirigimos, tramitamos la licencia y dejamos las instalaciones del local, ya legalizadas. Tú hablas con una sola persona, tu gestoría sigue con lo suyo y el negocio abre.