
Vuestra comunidad aprobó aislar la fachada (SATE) y cambiar las ventanas en 2023, la obra acabó en 2024, la subvención está cobrada y, para la junta, el expediente está cerrado. No lo está: esa fachada tiene ficha del MITECO (RES010 si se aisló más del 25 % de la envolvente; RES070, las ventanas), y el reloj para cobrarla ya corre.
CAE en comunidad de propietarios: la fecha del contrato decide si la obra entra
Dos papeles deciden si vuestra obra cobra CAE: el contrato con la constructora y el certificado final de obra. El primero dice si la obra entra; el segundo, hasta cuándo podéis registrarla.
En una comunidad, la fecha no la pone la junta que aprobó la obra, sino lo primero que hizo irreversible la inversión (Orden TED/815/2023, art. 14.9.j): el arranque de la obra o el primer compromiso firme. Suele ser el contrato con la constructora o un pedido de ventanas anterior. Y tiene que ser del 26 de enero de 2023 o posterior, según el MITECO: un contrato de 2022 deja la obra fuera.
Desde el certificado final corren 3 años para registrar el ahorro: una obra terminada en 2024 tiene hasta 2027. Si el sistema te suena nuevo, repasa cómo funciona el CAE.
Envíanos el contrato de la obra y revisamos si vuestra obra entra y hasta cuándo
Oficinas, hotel o local: tu edificio también genera certificados de ahorro energético
El CAE no es solo cosa de comunidades. Oficinas, hoteles, locales y edificios de empresa tienen sus propias fichas, las del sector terciario (TER), y no hay tamaño mínimo ni máximo. Si el edificio es obra nueva o una ampliación, sin nada existente que aislar o sustituir, no genera CAE.
Cuenta la mejora sobre lo que ya consumía: fachada sin aislar, ventanas de vidrio simple, caldera de gasóleo. En Ingeniería DHR lo comprobamos con los papeles de la obra. Si la mejora aún está por decidir, una auditoría energética del edificio dice por dónde empezar.