
El técnico ha pedido medir el foco de la caldera y tienes el requerimiento encima de la mesa. La nave sigue produciendo y no sabes a quién llamar primero.
Un requerimiento de emisiones a la atmósfera puede parar tu licencia de actividad
Mientras el foco siga sin clasificar y sin medir, el expediente no avanza. La licencia queda en suspenso, la inspección vuelve con fecha y tu producción depende de un papel que no sabes quién firma.
Y no hace falta ser una gran industria: la Ley 34/2007 no mira tu tamaño, mira el foco, y somete a control los que recoge el catálogo CAPCA del RD 100/2011 (artículo 13). El tuyo puede estar dentro aunque nadie te lo haya dicho.
Cuatro situaciones te obligan a mover ficha:
- Abres o amplías la actividad y la licencia exige clasificar el foco.
- Instalas o sustituyes una caldera, un horno, una cabina de pintura o una extracción de humos.
- Una inspección o un requerimiento te pide la medición de emisiones del foco.
- Renuevas la autorización: la Ley 34/2007 le fija una duración máxima de ocho años.
Envíanos el requerimiento que has recibido y te decimos qué te exige.
Si no sabes en qué grupo cae tu foco, no es culpa tuya: no está en tu licencia ni en la ficha del fabricante, sale del catálogo CAPCA. Y la medición oficial la firma una entidad acreditada, con lo que ya son dos proveedores que buscar.
Nosotros lo llevamos de una pieza: clasificamos el foco, coordinamos la medición y presentamos el expediente. Es lo mismo que hacemos con el permiso de vertido o con la licencia de actividad de tu nave.